Research with a gender perspective on human rights defense organizations
Helena Varela Guinot*
Resumen: En este artículo se realiza una revisión sistemática de la literatura con el objetivo de diagnosticar y problematizar el grado de incorporación de la perspectiva de género en los estudios sobre organizaciones defensoras de derechos humanos. Mediante un mapeo y análisis crítico de informes de organismos nacionales e internacionales y de trabajos académicos, se identifica hasta qué punto se visibiliza de manera diferenciada la situación de las mujeres defensoras, tanto en su labor externa como en las dinámicas internas organizacionales. El análisis revela los vacíos existentes y la necesidad de superar la visión neutral que ha caracterizado la investigación sobre estos temas, examinando cómo el género atraviesa e influye en la lucha por los derechos. Para abordar estas limitaciones, se concluye con la propuesta de una agenda de investigación con perspectiva de género, centrada en acciones organizacionales frente a contextos de violencia y en medidas específicas para garantizar el trabajo de las defensoras.
Palabras clave: perspectiva de género, violencias diferenciadas, derechos humanos, dinámicas organizacionales, agenda investigativa.
Abstract: This article conducts a systematic literature review aimed at diagnosing and problematizing the degree to which a gender perspective is incorporated into studies on human rights organizations. Through a mapping and critical analysis of reports from national and international organizations, as well as academic works, it identifies the extent to which the situation of women human rights defenders is differentially visible, both in their external work and in internal organizational dynamics. The analysis reveals existing gaps and the need to overcome the neutral perspective that has characterized research on these topics, examining how gender permeates and influences the struggle for rights. To address these limitations, the article concludes by proposing a gender-focused research agenda, centered on organizational actions in contexts of violence and specific measures to guarantee the work of women human rights defenders.
Keywords: gender perspective, differentiated forms of violence, human rights, organizational dynamics, research agenda.
Los colectivos y las organizaciones defensoras de derechos humanos han desempeñado un papel fundamental en la promoción y protección de los derechos de las personas en todo el mundo. Estas agrupaciones, que incluyen tanto a grandes ong internacionales como a colectivos locales y movimientos sociales, abogan por el acceso a la justicia, la igualdad de derechos y el respeto a la dignidad humana. Su labor es especialmente crucial en contextos de violencia estatal o en países donde las instituciones gubernamentales fallan en garantizar los derechos básicos de la ciudadanía.
Sin embargo, las violaciones de derechos humanos no afectan a todas las personas por igual. Las desigualdades de género propician formas específicas de violencia y discriminación que sufren particularmente las mujeres, las personas no binarias y otras identidades de género que no se ajustan al patrón hegemónico heteronormativo. Estas desigualdades no sólo se manifiestan en las violaciones de derechos humanos que enfrentan las víctimas, sino que también se pueden presentar en las dinámicas internas de las propias organizaciones que las defienden.
Esta investigación parte de la idea de que, para romper con las dinámicas de exclusión y desigualdad, es indispensable incorporar la perspectiva de género en el análisis de los colectivos y organizaciones defensoras de derechos humanos y visibilizar las experiencias diferenciadas de las mujeres y personas de diversas identidades de género dentro y fuera de estos colectivos.
Ello implica superar la visión de que la investigación en torno a los derechos humanos ha tendido a ser “neutral”, así como reconocer que las luchas por la justicia no pueden ser verdaderamente inclusivas sin atender las realidades específicas de género. Por ejemplo, las defensoras de derechos humanos enfrentan formas de represión y violencia de género que no son experimentadas de la misma manera por sus contrapartes masculinas. Como se verá más adelante, este fenómeno ha sido señalado de manera recurrente por organismos internacionales que han identificado las condiciones particulares en las que las mujeres realizan la labor de defensa:
En muchos países, las mujeres que se atreven a levantar la voz por los derechos humanos son estigmatizadas y llamadas malas madres, terroristas o brujas, silenciadas y marginalizadas de los procesos de toma de decisión e incluso asesinadas. Es particularmente preocupante que la hostilidad que enfrentan viene no sólo de autoridades de los Estados, sino también de los medios, los movimientos sociales, sus propias comunidades e incluso sus familias (ONU, 2019).
Este artículo sostiene que el estudio de los colectivos defensores de derechos humanos desde una perspectiva de género es clave para entender las dinámicas de violencia y discriminación que enfrentan y para diseñar estrategias de acción más efectivas. Para ello, el artículo se estructura en tres apartados: primero, se esboza el marco teórico-conceptual que sirve de base para el análisis; posteriormente, se hace una revisión crítica de la literatura sobre los colectivos y las defensoras de derechos humanos (a partir de los informes y reportes de organismos internacionales, así como de la literatura académica), con especial atención en la forma como se ha incorporado —o no— la perspectiva de género. El objetivo fundamental y el aporte central de este análisis es identificar los vacíos en las investigaciones existentes. Sobre esta base, en el último apartado, se propone una agenda innovadora que amplía el enfoque más allá de la violencia que viven las mujeres en su labor de defensoría, e incorpora las dinámicas de poder y discriminación dentro de sus propias organizaciones. Así, el artículo abre nuevas rutas de análisis y subraya la importancia de integrar la perspectiva de género para comprender de fondo los desafíos en la defensa de los derechos humanos.
Marco teórico-conceptual
La revisión de la literatura sobre organizaciones defensoras de derechos humanos tiene que partir de un marco teórico-conceptual claro que guíe el análisis de la relación entre género y derechos humanos, con miras a subrayar la importancia de adoptar una perspectiva de género en este tipo de estudios.
Partimos de un concepto de derechos humanos entendido como las libertades y garantías inherentes a todas las personas, sin distinción de raza, sexo, nacionalidad, etnia, idioma, religión o cualquier otra condición. Son derechos universales que promueven la dignidad, la libertad, la igualdad y el bienestar de todas las personas. Estos derechos son inalienables, no discriminatorios, universales, indivisibles e interdependientes, y el Estado es el responsable de garantizar su disfrute.1 Sin embargo, el principio de universalidad no obsta para que se entienda que no es una categoría estática, sino que el contexto geográfico y temporal es básico para entender su desarrollo (Camacho Monge, 2016). Cuestiones como la cultura, las costumbres, el nivel de desarrollo social, político, económico, etcétera, influyen en cómo se interpretan y desarrollan los derechos humanos a lo largo del tiempo y cómo se ajustan a los cambios que se presentan en la sociedad. Lo que en un momento dado puede considerarse secundario (como podría ser la situación específica de las mujeres defensoras de derechos humanos), en un nuevo contexto puede adquirir una relevancia de primer orden que demanda un cuidado específico.
Esto nos lleva a la cuestión de por qué es necesario diferenciar los derechos de las mujeres como un ámbito que requiere atención y protección especial, resultado de los “patrones históricos y universales de violación de los derechos humanos en razón del género, manifestados en la discriminación y en la violencia contra las mujeres, así como la falta de acceso a y de disfrute de los derechos sexuales y reproductivos” (García Muñoz, 2010: 49).
Para alcanzar la igualdad de género es necesario reconocer las asimetrías existentes que han dejado a las mujeres en una situación de desventaja, la cual se sostiene a partir de la normalización de las relaciones de poder basadas en la dominación y el control. Originalmente, desde las teorías feministas, se planteó la perspectiva de género como un mecanismo para romper dichas asimetrías. En ese sentido, resulta especialmente relevante el trabajo de Facio y Fries (2005), quienes analizan los avances en la visibilización de las desigualdades y su articulación con el papel que desempeña el derecho en la sociedad. Como señalan las autoras, un aporte clave de la perspectiva de género ha sido “poner las relaciones de poder entre hombres y mujeres en el centro de cualquier análisis e interpretación de la realidad” (p. 275). Posteriormente, la propuesta fue ganando riqueza y complejidad al reconocer que las relaciones de poder que producen discriminación y exclusión abarcan dimensiones más amplias que las derivadas de una mirada binaria hombres/mujeres. En consecuencia, fue necesario adoptar una perspectiva interseccional, propuesta por Crenshaw (1991), que permitiera comprender los efectos individuales y sociales de un sistema patriarcal y heteronormativo, a partir de la imbricación de diversas formas de discriminación y opresión, como el género, la raza, la clase, la sexualidad, la etnicidad o la discapacidad. Además, La Barbera (2016) señaló que basar las políticas públicas y las intervenciones en un solo eje de discriminación tiene efectos contraproducentes, pues crea “nuevas dinámicas de desempoderamiento” (p. 113).
De esta manera, se entiende la perspectiva de género como un enfoque analítico que busca comprender cómo las relaciones sociales de género estructuran y condicionan las experiencias, las oportunidades y los desafíos de las personas en función de su sexo, identidad de género y orientación sexual, junto con otras dimensiones de discriminación. Este enfoque destaca las diferencias históricas y estructurales que han llevado a la subordinación y discriminación de las mujeres y otros géneros marginados, lo que afecta sus derechos y su capacidad de participar plenamente en la sociedad. No sólo se trata de visibilizar estas desigualdades, sino también de cuestionar las normas y estructuras que las perpetúan.
La inclusión de la perspectiva de género con una mirada interseccional en los estudios de derechos humanos y de las organizaciones que los defienden es esencial para una comprensión más precisa de cómo éstos se vulneran. Tradicionalmente, el análisis de derechos humanos se ha hecho desde una posición neutral en términos de género: se asume que las violaciones de derechos impactan de manera uniforme a todas las personas, sin considerar las particularidades de dichas violaciones basadas en el género.
Es importante mencionar que incluso desde la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas se subraya la necesidad de incorporar la perspectiva de género en las investigaciones en derechos humanos para asegurar una mejor atención a la problemática: “El análisis de la discriminación por razón de género puede contribuir a hacer visible las violaciones subsiguientes, así como el efecto agravado de las vio laciones en determinadas poblaciones” (OACNUDH, 2019: 13).
Un enfoque tradicional impide ver cómo las dinámicas de género afectan profundamente tanto a las poblaciones vulnerables que los colectivos de derechos humanos buscan proteger como a las propias personas defensoras de derechos humanos. En ese sentido, la representante de ONU Mujeres en Colombia, Bibiana Aído, llamó la atención sobre las condiciones específicas que viven las defensoras de derechos humanos al enfrentar “un doble riesgo en su misión: además de los peligros inherentes a su trabajo, deben lidiar con la discriminación y los estereotipos de género que persisten en nuestra sociedad” (ONU, 2024).2 No sólo se trata de que las violaciones de derechos humanos tienden a impactar de manera más severa a las mujeres y a las personas de géneros diversos, sino que, a nivel de defensoría, las mujeres y las personas LGBTQ+ a menudo están subrepresentadas en roles de liderazgo y toma de decisiones (al igual que se observa en otros espacios organizacionales de la sociedad). Como señala Natalia Amaya González (2017) en una investigación realizada en Colombia, “en ocasiones, el discurso y la práctica de los derechos humanos se ejerce hacia afuera, mas no hacia el interior de estas organizaciones” (p. 4).
Un enfoque con perspectiva de género permite analizar cómo las estructuras de poder patriarcales moldean tanto las dinámicas internas de las organizaciones de derechos humanos como sus estrategias de acción. Al reconocer las desigualdades de género, los colectivos pueden diseñar respuestas más integrales, capaces de atender con mayor eficacia las necesidades de las comunidades vulnerables.
Estado de la cuestión
Con miras a formular una agenda de investigación sobre la perspectiva de género y el estudio de las organizaciones defensoras de derechos humanos, es necesario revisar los principales desarrollos académicos, así como las investigaciones ya existentes, con el fin de determinar los vacíos y las oportunidades para avanzar en este campo. Para ello, se hizo una búsqueda en diferentes bases de datos que permitieran mapear los temas y las problemáticas en las que se han centrado las investigaciones.
El estado de la cuestión se presenta en dos rubros: por un lado, se analiza cómo se ha estudiado el papel de las personas defensoras de derechos humanos desde los organismos internacionales y las propias organizaciones, así como hasta qué punto se reconoce la situación particular que viven las mujeres defensoras, especialmente en contextos violentos. Posteriormente, tras una nota metodológica, se presenta el mapeo de las publicaciones académicas sobre organizaciones defensoras de derechos humanos, donde se destacan las temáticas abordadas.
El reconocimiento del derecho a defender y la situación de las mujeres defensoras de derechos humanos
Una de las cuestiones que llama la atención en la revisión de la literatura sobre las personas defensoras de derechos humanos es la gran cantidad de informes y reportes que dan cuenta de las condiciones en las que éstas llevan a cabo sus actividades y los riesgos que afrontan. Desde la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentalmente reconocidos”, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1998 —que subraya la importancia de reconocer y proteger a quienes trabajan en la promoción de los derechos humanos—, los Estados crearon un marco normativo para hacer frente a sus obligaciones.
En el caso de México, se identifican tres momentos clave: en 2004, se promulgó la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC); en 2012, en respuesta al contexto de creciente violencia y amenazas que enfrentaban las personas defensoras, se aprobó la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, la cual establece mecanismos de protección para ellas; por último, ese mismo año se creó el Mecanismo Nacional de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, mediante el cual se busca garantizar la seguridad de personas defensoras de derechos humanos y de periodistas, a través de la prevención, diagnósticos y diferentes respuestas ante las situaciones de riesgo.
Dicho entramado normativo vino acompañado de una serie de informes elaborados tanto por organismos internacionales como por organizaciones de la sociedad civil, que reportan la situación en la que se encontraban las personas defensoras de derechos humanos.
Para efectos de esta investigación, se hizo una revisión de dichos reportes, con especial atención a los que se referían a México (de manera específica o como parte de informes sobre América Latina). La categoría analítica central para la realización del análisis es la de perspectiva de género, pues se trataba de revisar si la relatoría que se hace en los informes identificaba —o no— las asimetrías de poder basadas en el género y si había alguna propuesta específica para reducir las desigualdades existentes. En ese sentido, el análisis se realizó a partir de dos aspectos: si se hacía una referencia concreta a la situación de las mujeres defensoras y, en su caso, si se hacía alguna recomendación que fuera encaminada a reducir los riesgos que ellas enfrentaban. En total, se revisaron 39 documentos que abarcan desde 2006 hasta 2024, cuyos resultados más relevantes se sintetizan en la tabla 1.

Un primer dato que llama la atención es que, si bien la preocupación por la seguridad de las personas defensoras de derechos humanos ha sido una constante, tomó más tiempo poner atención en la situación específica de las mujeres. Todos los informes hacen alusión a los riesgos inherentes a la actividad de defensoría de derechos humanos, tales como amenazas, hostigamiento, uso indebido del sistema de justicia penal (detenciones indebidas), etcétera; en todo momento se hace hincapié en las afectaciones que ello tiene no sólo para las propias personas implicadas, sino también para su entorno inmediato.
Sin embargo, las referencias concretas a los riesgos que enfrentan las mujeres defensoras son menos frecuentes. Los primeros dos informes revisados, el de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos referente a la situación en general en las Américas (CIDH, 2006) y el de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH, 2009) ubican a las mujeres como un grupo que se encuentra en especial indefensión:
La Comisión observa que las defensoras y organizaciones que defienden los derechos humanos de las mujeres continúan siendo víctimas de intimidación sistemática, persecución, secuestro, tortura y abuso sexual, entre otros delitos en relación con su trabajo, así como otras formas de discriminación específicas y de violencia física, psicológica y sexual por razones derivadas de su género. Al respecto, la Comisión ha recibido múltiples denuncias de la estigmatización de la que son víctimas muchas defensoras de derechos de las mujeres, quienes en comunidades marcadas por una concepción histórica patriarcal en donde se le asigna un rol inferior a las mujeres son estigmatizadas con estereotipos sociales degradantes respecto de su vida sexual, o son acusadas de que su trabajo en pro de la erradicación de la discriminación contra la mujer atenta contra valores morales o instituciones sociales como la familia (CIDH, 2006).
Aun cuando en el informe de la CIDH se hace una recomendación específica a los Estados para subsanar esta situación, en los años siguientes los reportes mantienen un tono genérico en cuanto a la labor de defensoría. Hasta el informe de la Relatora Especial Margaret Sekagya, se volvieron a plantear los riesgos particulares que afrontan las mujeres (ONU, 2010). Desde entonces, con pocas excepciones, el asunto ha sido recurrente y se ha mantenido en la agenda de análisis de la labor de defensoría de los derechos humanos.
El argumento compartido es que el quehacer de las defensoras se percibe como un ataque al sistema patriarcal, donde los roles asignados social y culturalmente a las mujeres no se alinean con las actividades realizadas por las mujeres defensoras. Es decir, se percibe “como un ataque contra las normas, las tradiciones o las ideas socioculturales establecidas sobre la función y la condición de la mujer en la sociedad” (ONU, 2010: 18). A ello hay que sumar los riesgos que implica la defensa de los derechos humanos en sí misma.
No se trata de que las mujeres estén más expuestas a las agresiones, sino de que pueden ser víctimas de violencias específicas con un alto sesgo de género, “como lo son las amenazas de violación sexual; agresiones que violentan su cuerpo, como tocamientos, hostigamiento y acoso sexual; campañas de difamación y desprestigio, basadas en estereotipos de género con lenguaje sexista y machista” (Brigadas Internacionales de Paz, 2014: 16). Como resultado, en los diversos informes se han formulado recomendaciones sobre los peligros que enfrentan.
Sin embargo, a pesar de la proliferación de reportes que ponen en evidencia la situación precaria que viven las personas defensoras de derechos humanos en general y las mujeres en particular, la realidad muestra un panorama poco alentador. Más allá de la discrepancia en las cifras disponibles sobre los casos de agresiones sufridas, quienes se dedican a defender los derechos humanos enfrentan continuamente un contexto de gran violencia, con condiciones muy inciertas. Amenazas a la vida, la integridad y la libertad de las personas; difamación, descalificaciones, estigmatización, etcétera, son una constante que pone en evidencia cómo los Estados son omisos —cuando no cómplices— en la garantía del derecho a defender los derechos humanos, situación que se agrava en el caso de las mujeres.
Frente a ello, el mecanismo al que han tenido que recurrir las mujeres defensoras es el de la creación de redes de apoyo. Un ejemplo es la Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (im-Defensoras), a través de estrategias colectivas como la Protección Integral Feminista, que busca hacer frente a las múltiples formas de violencia que afectan a las defensoras de derechos humanos, con el propósito de garantizar una protección integral —física, emocional, psicosocial, digital y comunitaria— desde un enfoque feminista que coloca el cuidado y la acción colectiva en el centro de las prácticas de resguardo y sostenimiento.
Los informes de la red, desde 2010 hasta 2024, reflejan las condiciones en las que las defensoras de derechos humanos tienen que desarrollar su labor, así como las diferentes maneras de resistir para lograr mayores niveles de protección frente a las violencias sufridas. A modo de ejemplo, se tienen registradas 35 077 agresiones a organizaciones y mujeres defensoras ocurridas entre 2012 y 2023; el 39% están documentadas como “situaciones específicas de discriminación basada en género”, lo cual incluye mensajes misóginos, descalificación del trabajo de las defensoras mediante la divulgación de información —a veces falsa— sobre sus parejas o su vida sexual, situaciones de odio basadas en la sexualidad o identidad de género y violencia sexual (“abuso sexual, violación, hostigamiento, campañas de desprestigio basadas en la sexualidad de la defensora, uso de fetiches, manipulación de ropa interior o dibujos sexualizados”) (im-Defensoras, 2024).
Nota metodológica sobre el mapeo de investigaciones
Además de analizar cómo los organismos nacionales e internacionales han abordado la situación de las mujeres defensoras, resulta fundamental examinar en qué medida y desde qué enfoques la academia ha estudiado este fenómeno. Para este artículo, se parte de un posicionamiento epistemológico que pone en el centro los cuestionamientos sobre qué, cómo, para qué y para quién se investiga. Comprender cómo se identifican y analizan los problemas sociales desde la academia permitirá determinar en qué medida se están generando alternativas y propuestas de solución a dichos problemas.
Para ello, se utilizaron diferentes bases de datos (Google Académico, Scopus, Redalyc y Jstor) para realizar un análisis crítico de los estudios académicos sobre las organizaciones defensoras de derechos humanos, publicados entre 1990 —década en la que se emitió la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos”— y 2024.
Para realizar el mapeo, se tomó como referencia la categoría de organizaciones defensoras de derechos humanos, sin considerar los diferentes tipos que hay (internacionales, nacionales o locales) ni sus agendas específicas (aspectos que, como se explicará más adelante, resultan relevantes para la propuesta de agenda de investigación). El objetivo principal fue identificar qué se ha escrito sobre ellas y desde qué perspectivas. Las palabras clave utilizadas en la búsqueda fueron “organizaciones defensoras de derechos humanos” y “mujeres defensoras de derechos humanos” (con diferentes acepciones); cuando se requirió acotarla, se recurrió al uso de operadores booleanos, considerando también el ámbito geográfico. En ese sentido, se priorizaron las investigaciones centradas en el contexto mexicano, aunque también se contemplaron estudios de otros países latinoamericanos, especialmente cuando su enfoque resultaba pertinente para contrastar la evidencia encontrada.
Como resultado final, se analizaron 46 textos con base en dos objetivos fundamentales. Primero, identificar la temática central del trabajo; es decir, qué aspectos se abordaron en el estudio de las organizaciones defensoras de derechos humanos. El segundo consistió en analizar el enfoque de las investigaciones, con especial atención en la perspectiva de género como categoría de análisis; esto es, observar qué tanto se tomaban en cuenta las diferencias mediadas por el género en el tratamiento de los temas. A continuación, se presentan los resultados más relevantes.
Mapeo de las investigaciones sobre organizaciones defensoras de derechos humanos
Destaca un primer grupo de investigaciones que subrayan la relevancia de los derechos humanos para el desarrollo democrático al garantizar las libertades, la igualdad y la participación de todas las personas, en aras de promover una convivencia pacífica en sociedad. Evidentemente, la literatura es mucho más amplia que la aquí apuntada; sólo se señalan aquellos textos que abordan la temática de las organizaciones defensoras de derechos humanos a partir de la relación entre derechos humanos y democracia (Van Boven, 1990), así como de la importancia que tiene el contexto sociohistórico para explicar los avances en materia de derechos (Sauri Suárez, 2012).
A partir de estas consideraciones, se clasificó el resto de los textos en función de los tópicos abordados y las intersecciones entre ellos, como se sintetiza en el esquema 1.

Entre los estudios que subrayan la relación entre derechos humanos y democracia, llama la atención que algunos de ellos ahondaron en el tema desde el reconocimiento de la defensa de los derechos humanos como un derecho en sí mismo. González Domínguez (2016), Meza Flores (2012, 2015), Lozano Olarte y Balboa Rivera (2022), Vogelfanger (2018), Eguren Fernández y Patel (2015) y Rivera Camacho (2021) explican qué implica la labor de defensa de los derechos humanos y cómo esta práctica deriva en un derecho autónomo, que se vuelve particularmente relevante en contextos de violencia. También se destaca la necesidad de contar con indicadores que permitan medir la forma en la que el Estado garantiza este derecho (Sauri Suárez, 2014). Cabe mencionar que el estudio de Lozano Olarte y Balboa Rivera (2022) hace referencia a la categoría de género, pero sólo para señalar su ausencia en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; lo cual evidencia que se trata de un “derecho androcéntrico y formalista” (p. 178).
Junto a este tipo de abordajes, hay un conjunto de investigaciones que se centran en la historia de las organizaciones, cómo se formaron, cómo han cambiado y cuáles fueron sus principales agendas (Aguayo Quezada, 1995; Estévez López, 2007; Marcinkuté, 2011; o Van Boven, 1990). Varios autores incluyen cuestiones de organización interna o del papel desempeñado por las organizaciones y redes internacionales, como se analizará más adelante (Nelson y Dorsey, 2008).
Una cuestión que cobra especial relevancia en el entorno latinoamericano es el análisis del contexto de violencia en el que las organizaciones defensoras de derechos humanos han desarrollado sus actividades, especialmente, los riesgos que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos. En estos casos, la literatura se ha enfocado tradicionalmente en la defensa de los derechos civiles y políticos, los derechos de las minorías, la justicia transicional en contextos de postconflicto, así como la protección de los derechos económicos, sociales y culturales (Rodríguez Gómez, 2018; Sinclair, 2020; Orozco Rodríguez, 2023). En estos estudios, los colectivos de derechos humanos han sido vistos como actores clave en la lucha contra la opresión estatal y la promoción de la justicia social, pero también como víctimas de la violación de tales derechos (Rivera Camacho, 2021; Meza Flores, 2012, 2015; Vogelfanger, 2018).
En general, hasta hace poco, estos análisis omitieron cómo las mujeres y otras identidades de género experimentan de manera diferenciada tanto las violaciones de derechos humanos como su rol dentro de estos colectivos. Con la neutralidad de género en los estudios de derechos humanos se asumía que las violaciones afectaban de manera uniforme a todas las personas, sin reconocer las diferencias sistémicas y estructurales basadas en el género.
Fue fundamentalmente a partir de la década de los noventa, con investigaciones como las de Bunch (1990), que se comenzó a poner atención en las mujeres defensoras de derechos humanos y en la necesidad de crear espacios seguros para el activismo. En el mapeo realizado se identifican algunos textos cuyo objeto de estudio es la situación particular que viven las mujeres en contextos violentos, en los que enfrentan estereotipos, discriminación y sexismo —al realizar actividades que se salen de la norma— como formas de violencia que buscan hacer daño en función de su condición de mujeres. En esta línea se encuentran los trabajos de Berlamas Orquí y Montes Román (2017), Hincapié Jiménez (2017) y Vidal Melero (2017), además del estudio de Hernández Cárdenas y Tello Méndez (2017), en donde se promueve el autocuidado como estrategia frente al estrés generado por las condiciones precarias en las que las defensoras de derechos humanos realizan su trabajo. Excepto el texto de Jaime Vidal Melero —que menciona a las mujeres como un grupo más en riesgo—, el resto de los trabajos son firmados por mujeres, lo cual muestra que la preocupación por la desigualdad de género recae casi exclusivamente en ellas, además de que aún está lejos la verdadera transversalización de la perspectiva de género en la investigación científica.
Además de las investigaciones que abordan los riesgos enfrentados por las personas defensoras de derechos humanos, destacan los estudios que analizan el papel de las organizaciones y las redes internacionales como estrategias para enfrentar las violaciones a los derechos humanos en contextos marcados por la violencia. Son muchos los textos encontrados al respecto (Aikin Araluce, 2011; Anaya Muñoz, 2012; Carpenter, 2007; Girón Galeano, 2019; Keck y Sikkink, 2000; López Pacheco, 2013; López Pacheco e Hincapié Jiménez, 2015, 2017; Pirker, 2022; Treviño Rangel, 2004), pero en ninguno se hace referencia específica a la situación de las mujeres o hacia el modo como las redes internacionales pueden ser un pilar de apoyo para contrarrestar las amenazas que sufren en la vida cotidiana.
Estos trabajos se centran en la situación particular que viven las personas defensoras de derechos humanos y en señalar las obligaciones del Estado para garantizar el desarrollo de sus actividades sin poner su vida en peligro. En todo caso, se señala el papel de los organismos internacionales y las organizaciones de carácter transnacional (Naciones Unidas, Amnistía Internacional o Front Line Defenders) para incorporar gradualmente el enfoque de género en sus campañas y estudios, desde la denuncia de la situación particular de las mujeres defensoras y la necesidad de tomar medidas específicas para proteger sus derechos.
Sin embargo, es importante tener en cuenta cómo las propias organizaciones han respondido a tales situaciones de riesgo, qué estrategias han tomado y hasta qué punto han adoptado medidas específicas que atiendan las necesidades de las mujeres defensoras. Por este motivo, se consideraron en un rubro aparte las investigaciones centradas en la actuación de los colectivos defensores, sus formas de movilización y, sobre todo, su organización interna.
Al revisar la literatura anglosajona, se observa que las preocupaciones en torno a la organización interna están relacionadas con la obtención de recursos y su uso eficiente, el proceso de toma de decisiones o el manejo del conflicto interno (modelos internos de gobernanza). Se observan algunas alusiones al desempeño de estos colectivos en zonas afectadas por el conflicto, fundamentalmente en lo que se refiere a los procesos de paz, así como al tema del manejo de los conflictos. No obstante, la literatura que aborda estas cuestiones con una perspectiva de género es escasa.
En el caso de México, destacan los trabajos de López Pacheco e Hincapié Jiménez, pues son quienes han investigado de forma más explícita la estructura interna de las organizaciones, sobre todo en lo que se refiere a los recursos con los que cuentan, el tipo de agendas que desarrollan y las diferentes estrategias de movilización. Si bien son estudios relevantes y cubren uno de los grandes vacíos de la literatura, no parten de una perspectiva de género. Sólo en el análisis de Domínguez (2015) —que analiza a una ong feminista de Tijuana— se plantean la importancia del tipo de liderazgo, el carácter democrático de las organizaciones y la mayor o menor flexibilidad con la que toman decisiones como variables del desarrollo de la organización. Con excepción de este caso, se observa en la academia un desequilibrio entre la atención puesta en los riesgos que enfrentan las mujeres defensoras y la otorgada a los temas de organización interna mediada por la variable de género, como argumento que mitiga los efectos de dicha situación de vulnerabilidad.
Reflexiones finales. Una agenda de investigación sobre organizaciones defensoras de derechos humanos con perspectiva de género
A lo largo de este artículo se ha evidenciado que el género no sólo es un eje central para el análisis de las violaciones de derechos humanos, sino que también debe ser una dimensión crucial para el fortalecimiento de las acciones colectivas y la equidad dentro de los propios movimientos.
Es importante destacar que las violaciones de derechos humanos impactan de manera diferenciada a las personas según su género. Por lo tanto, la perspectiva de género permite visibilizar estas violencias que, de otro modo, podrían ser subestimadas por los enfoques tradicionales. Es importante que los colectivos que trabajan en la defensa de los derechos humanos incorporen un enfoque interseccional y de género para garantizar que sus estrategias no sólo sean inclusivas, sino que también aborden las complejidades de las experiencias vividas por las comunidades que buscan proteger, para hacer frente a la “doble carga” de riesgos que viven las mujeres: las amenazas por su activismo y violencias específicas de género.
El estado de la cuestión revela que, aunque ha habido avances significativos en la integración de la perspectiva de género en los estudios y prácticas de derechos humanos, persisten vacíos y desafíos importantes. La literatura ha estado centrada en el contexto sociohistórico y en la manera en la que el Estado ha respondido ante las violencias. Cuando se ha centrado en las organizaciones defensoras, las cuestiones más abordadas han sido los asuntos incluidos en sus agendas o la importancia de vincular el contexto local con lo global y las redes transnacionales. Pero poco se ha escrito sobre cómo han actuado internamente, qué decisiones se han tomado, cómo enfrentan las condiciones de violencia y cómo responden a los desafíos de género. Es decir, ha primado una mirada androcéntrica.
Es cierto que las redes de defensoras y las alianzas transnacionales han demostrado ser una estrategia efectiva para compartir recursos, visibilizar sus luchas y enfrentar las amenazas de manera colectiva; sin embargo, es necesario ir más allá y entender cómo se actúa al interior de las propias organizaciones para propiciar ambientes más seguros para las mujeres y otras identidades de género.
Autoras como Amosu (2022) o Asseraf (2022) han enfatizado en la necesidad de que las organizaciones atiendan las problemáticas relacionadas con su propio desarrollo y promuevan una cultura interna de respeto y confianza, pero son pocas las referencias específicas a la discriminación por género y a las situaciones particulares que enfrentan las mujeres como elementos clave del clima organizacional.
La integración de una perspectiva de género dentro de los colectivos y organizaciones defensoras de derechos humanos es fundamental para su legitimidad, eficacia y sostenibilidad a largo plazo. La equidad de género en los roles de liderazgo y en la toma de decisiones fortalece las dinámicas internas de las organizaciones, las democratiza, las hace más inclusivas y sensibles a las necesidades de las comunidades que defienden.
Aunque diversas organizaciones han adoptado formalmente políticas de igualdad de género y discursos sobre la integración de la perspectiva de género, es necesario analizar si se aplican de forma efectiva o sólo simbólica, ya que la falta de compromiso real perpetúa dinámicas patriarcales y limita su capacidad para atender violaciones de derechos que afectan tanto a mujeres como a otras identidades genéricas, incluso en las organizaciones defensoras de derechos humanos.
En ese sentido, es primordial abrir una agenda de investigación que se centre en la cultura organizacional y en cómo las organizaciones defensoras de derechos humanos están encarando el fenómeno de las violencias, con especial atención a las sufridas por las mujeres. Para ello, es necesario transitar de un nivel macro de corte estructural (el fenómeno de la violencia y cómo responde el Estado) a un nivel meso, que observe cómo actúan las organizaciones, cómo se construye la agenda de trabajo y en qué medida se incluye una perspectiva de género, además del tipo de liderazgo, las funciones ejercidas por las mujeres y cuáles son las estrategias de movilización; y, por último, a un nivel micro, que aborde las experiencias y vivencias de las mujeres defensoras.
Un aspecto fundamental es identificar las diferencias entre las organizaciones, en función de variables como el tamaño, la escala y el ámbito de su actuación —nacional o local, así como rural o urbano—, los niveles de violencia en los lugares donde están presentes, el tipo de financiamiento que tienen o si están ligadas a alguna orden religiosa.
La adopción de un enfoque interseccional posibilitará un examen más profundo y matizado del fenómeno, al analizar cómo se entrecruzan distintas dimensiones de desigualdad —género, orientación sexual, clase, raza, etnia o edad— y cómo éstas configuran experiencias diferenciadas de violencia y exclusión. Asimismo, el desarrollo de investigaciones en los tres niveles propuestos proporcionará evidencia empírica que permitirá identificar con mayor precisión qué categorías analíticas resultan más pertinentes y cómo operan en cada nivel para explicar la realidad que enfrentan las organizaciones defensoras de derechos humanos. De esta manera, se podrán construir marcos teóricos más ajustados a la complejidad del objeto de estudio.
La adopción de una perspectiva de género en el estudio de los colectivos y organizaciones defensoras de derechos humanos es esencial para entender cómo las desigualdades estructurales afectan tanto a las personas que trabajan en la defensa de los derechos como a las comunidades que buscan proteger. Este enfoque, así como una perspectiva interseccional, permite visibilizar las formas diferenciadas de violencia y discriminación que enfrentan las mujeres y otras identidades de género, al tiempo que contribuye a mejorar las estrategias de defensa de derechos para que sean más inclusivas y efectivas. De este modo, al analizar la capacidad de las organizaciones de transformar sus dinámicas internas y externas se puede observar qué tanto se fortalece la acción colectiva.
Incorporar la perspectiva de género en el estudio y la práctica de los derechos humanos no es una opción sino una necesidad urgente. Sólo mediante un análisis que reconozca las desigualdades de género y las interseccionalidades que afectan a las personas vulnerables será posible avanzar hacia una justicia más equitativa e inclusiva.
Bibliografía
Aguayo Quezada, Sergio (1995). “Auge y perspectiva de los derechos humanos en México”. En México a la hora del cambio, 469-504. Ciudad de México: Cal y Arena.
Aguayo Quezada, Sergio, y Luz Paula Parra Rosales (1997). Las organizaciones no gubernamentales de derechos Humanos en México: entre la democracia participativa y la electoral. Ciudad de México: Academia Mexicana de Derechos Humanos.
Aikin Araluce, Olga (2011). Activismo social trasnacional: un análisis en torno a los feminicidios en Ciudad Juárez. Guadalajara: Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente/El Colegio de la Frontera Norte/Universidad Autónoma de Ciudad Juárez.
Amaya González, Natalia (2017). Abriendo caminos de reflexión: organizaciones defensoras de derechos humanos, gestión de conflictos y construcción de paz. Tesis de maestría en Estudios de Paz y Resolución de Conflictos. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana.
Amnistía Internacional (2010). Exigiendo justicia y dignidad. Defensores y defensoras de derechos humanos en México [en línea].
Disponible en <https://www.amnesty.org/es/documents/amr41/032/2009/es/> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Amosu, Akwe (2022). “Arreglar el tejado mientras brille el sol”. Sur. International Journal on Human Rights 19 (32): 179-188.
Anaya Muñoz, Alejandro (2012). El país bajo presión: debatiendo el papel del escrutinio internacional de derechos humanos sobre México. Ciudad de México: Centro de Investigación y Docencia Económicas.
Anaya Muñoz, Alejandro (2013). “El activismo transnacional en la promoción de los derechos humanos en México”. En Derechos Humanos. Actualidad y desafíos I, 89-122. Ciudad de México: Fontamara.
Asseraf, Muriel (2022). “There is good news for institutional development”. Sur. International Journal on Human Rights 19 (32): 189-195.
Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo (awid) (2014). La Protección Integral desde la mirada de las mujeres defensoras de derechos humanos [en línea], elaborado por Inmaculada Barcia. Disponible en <https://www.awid.org/sites/default/files/atoms/files/Our%20Right%20To%20Safety_SP.pdf> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Berlamas Orquí, Penélope, y Jimena Montes Román (2017). “Mujeres defensoras en América Latina: Por una vida que merece ser vivida”. Tiempo de paz 26: 50-62.
Brigadas Internacionales de Paz (PBI) (2013). Panorama de la defensa de los derechos humanos en México. Iniciativas y riesgos de la sociedad civil mexicana [en línea].
Disponible en <https://www.peacebrigades.org/fileadmin/user_files/groups/germany/Dateien/diagnostico-pbi-digital.pdf>
(consulta: 20 de agosto de 2025).
Brigadas Internacionales de Paz (pbi) (2014). ¿México en paz? Estrategia de seguridad y derechos humanos [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 20 de agosto de 2025).
Bunch, Charlotte (1990). “Women’s rights as human rights: toward a re-vision of human rights”. Human Rights Quarterly 12 (4): 486-498.
Camacho Monge, Daniel (2016). “El concepto de derechos humanos. El dilema del carácter de los derechos humanos”. Revista de Ciencias Sociales 2 (152).
Carpenter, R. Charli. (2007). “Setting the advocacy agenda: theorizing issue emergence and nonemergence in transnational advocacy networks”. International Studies Quarterly 51 (1): 99-120.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2006). Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas [en línea].
Disponible en <https://www.cidh.org/countryrep/Defensores/defensoresindice.htm> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2011). Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de los derechos humanos en las Américas [en línea].
Disponible en <https://bibliotecadigital.indh.cl/items/b9d2656b-f7eb-4b93-97ad-13a5a544ef18> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2015a). Criminalización de la labor de las defensoras y los defensores de derechos humanos [en línea].
Disponible en <https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/criminalizacion2016.pdf> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2015b). Situación de los derechos humanos en México [en línea].
Disponible en <https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Mexico2016-es.pdf> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2018). Estudios sobre el cumplimiento e impacto de las recomendaciones generales, informes especiales y pronunciamientos de la cndh. Tomo V: Defensores civiles [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CIDH) (2011). El derecho a defender. Informe especial sobre la situación de las y los defensores de derechos humanos en México [en línea]. Disponible en <https://www.cndh.org.mx/documento/informe-especial-sobre-la-situacion-de-las-y-los-defensores-de-los-derechos-humanos-en> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Crenshaw, Kimberlé (1991). “Mapping the margins: intersectionality, identity politics, and violence against women of color”. Stanford Law Review 43 (6): 1241-1299.
Domínguez, Edmé R. (2015). “Clase, género, liderazgos, movimientos y ongs: la experiencia de factor X en la frontera México-Estados Unidos”. En Memorias y movilizaciones de género en América Latina, editado por Edmé Domínguez y Sádia Castro, 5-27. Göteborg: Instituto Iberoamericano/Universidad de Göteborg.
Eguren Fernández, Luis Enrique, y Champa Patel (2015). “Towards developing a critical and ethical approach for better recognizing and protecting human rights defenders”. The International Journal of Human Rights 19 (7): 896-907.
Estévez López, Ariadna (2007). “Transición a la democracia y derechos humanos en México: la pérdida de integralidad en el discurso”. Andamios 3 (6): 7-32.
Facio, Alda, y Lorena Fries (2005). “Feminismo, género y patriarcado”. Academia. Revista sobre Enseñanza del Derecho de Buenos Aires 3 (6): 259-294.
Front Line Defenders (2018a). Annual Report on Human Rights Defenders at Risk in 2017 [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2018b). Stop de Killings [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/statement-report/stop-killings> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2019). Global Analysis 2018 [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-2018> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2020). Global Analysis 2019 [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-2019> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2021). Global Analysis 2020 [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-2020> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2022). Global Analysis 2021 [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-2021-0> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2023). Global Analysis 2022 [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-2022> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Front Line Defenders (2024). Global Analysis 2023-24 [en línea].
Disponible en <https://www.frontlinedefenders.org/en/resource-publication/global-analysis-202324> (consulta: 8 de agosto de 2025).
García Muñoz, Soledad (2010). “Género y derechos humanos de las mujeres: estándares conceptuales y normativos en clave de derecho internacional”. En Derechos de las mujeres en el derecho internacional, coordinado por Juan A. Cruz Parcero y Rodolfo Vázquez, 47-83. Ciudad de México: Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn)/Fontamara.
Girón Galeano, Yeny (2019). “Acción colectiva y redes transnacionales: la lucha por los derechos humanos del movimiento afrocolombiano 2002-2010”. En Desafíos del pensamiento crítico. Tomo II. Memorias del Décimo Congreso Ecuatoriano de Sociología y Política 39-54. Quito: Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales.
González Domínguez, Marta (2016). “El derecho a defender los derechos humanos como un derecho autónomo”. Revista Instituto Interamericano de Derechos Humanos 63: 105-145.
Gordon, Neve (2008). “Human rights, social space and power: why do some ngos exert more influence than others?”. The International Journal of Human Rights 12 (1): 23-39.
Hernández Cárdenas, Ana María, y Nallely Guadalupe Tello Méndez (2017). “El autocuidado como estrategia política: sostenibilidad y bienestar para defensoras de derechos humanos”. Sur 14 (26): 179-188.
Hincapié Jiménez, Sandra (2017). “Acción colectiva de las mujeres y derechos humanos en México: movilizando el dolor en medio del conflicto armado”. Estudios Socio-Jurídicos 19 (2): 97-127.
Hincapié Jiménez, Sandra, y Jairo Antonio López Pacheco (2016). “Ciclos de movilización y crisis de derechos humanos. La acción colectiva de las ong nacionales y los derechos humanos en México”. Revista de Estudios Sociales 56: 26-38.
im-Defensoras (2010). Violencia contra defensoras de derechos humanos en Mesoamérica. Un diagnóstico en construcción [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2012). Violencia contra defensoras de derechos humanos en Mesoamérica. Un diagnóstico en construcción. Actualización 2010-2011 [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2013). Violencia contra defensoras de derechos humanos en Mesoamérica. Diagnóstico 2012 [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2015). Informe 2012-2014. Agresiones contra defensoras de derechos humanos en Mesoamérica [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 08 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2016). Cuerpos, territorios y resistencias en Mesoamérica. Informe de agresiones a defensoras 2015-2016 [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 08 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2017a). Agresiones contra defensoras de derechos humanos en México [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 08 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2017b). Informe sobre modalidades de criminalización y limitaciones a la efectiva participación de mujeres defensoras de derechos ambientales, los territorios y la naturaleza en las Américas [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 08 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2018). Cuerpos, territorios y movimientos en resistencia en Mesoamérica. Informe 2015-2016 de agresiones a defensoras [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 08 de agosto de 2025).
im-Defensoras (2024). Datos que nos duelen, redes que nos salvan. 10+ años de agresiones a defensoras de derechos humanos en Mesoamérica [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 06 de agosto de 2025).
jass y Consorcio Oaxaca (2012). Informe: situación de las mujeres defensoras de derechos humanos en México (2009-2012). Disponible en <chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://catedraunescodh.unam.mx/catedra/EPU/images/stories/osc/12_Defensoras.pdf> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Keck, Margaret E., y Kathryn Sikkink (2000). Activistas sin fronteras. Ciudad de México: Siglo XXI.
La Barbera, Maria Caterina (2016). “Interseccionalidad, un ‘concepto viajero’: orígenes, desarrollo e implementación en la Unión Europea”. Interdisciplina 4 (8): 105-122.
Leco Tomas, Casimiro y Jesús Guillermo Belman Leal (2018). “El papel de las organizaciones internacionales en la protección de los derechos humanos de los migrantes en México”. Cimexus 13 (1): 89-109.
López Pacheco, Jairo Antonio (2013). “Los derechos humanos en movimiento: una revisión teórica contemporánea”. Espiral XX (56): 9-37.
López Pacheco, Jairo Antonio (2015). “El campo de las ong de derechos humanos en México: recursos y agendas”. El Cotidiano 194: 97-106.
López Pacheco, Jairo Antonio (2017a). “Socialización de información y movilización de las víctimas. Estrategias regionales de defensa de los derechos humanos frente a la violencia en México”. Papeles del ceic 2017 (1): 1-27.
López Pacheco, Jairo Antonio (2017b). “Movilización y acción colectiva por los derechos humanos en la paradoja de la institucionalización”. Estudios Políticos 51: 57-78.
López Pacheco, Jairo Antonio, y Sandra Hincapié Jiménez (2015). “Campos de acción colectiva y las ong de derechos humanos. Herramientas teóricas para su análisis”. Sociológica 85: 9-37.
López Pacheco, Jairo Antonio, y Sandra Hincapié Jiménez (2017). “Derechos humanos y activismo legal transnacional. Estrategias de las ong en México y Colombia”. Perfiles Latinoamericanos 25 (49): 7-34.
Lozano Olarte, Adriana Carolina, e Yleana Montserrat Balboa Rivera (2022). “Defender derechos humanos: un derecho sin reconocer, una crisis latente”. Revista Instituto Interamericano de Derechos Humanos 75: 169-200.
Marcinkuté, Lina (2011). “The role of human rights ngo’s: Human rights defenders or state sovereignty destroyers?”. Baltic Journal of Law & Politics 4 (2): 52-77.
Maza Calviño, Emma Consuelo (2008). Los derechos humanos en México. ¿Retórica o compromiso? Tesis de maestría en Derechos Humanos y Democracia. Ciudad de México: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.
Meza Flores, Jorge Humberto (2012). “Aproximaciones conceptuales para el análisis del fenómeno de la violencia contra defensores y defensoras de derechos humanos”. Métodhos. Revista Electrónica de Investigación Aplicada en Derechos Humanos 2: 27-49.
Meza Flores, Jorge Humberto (2015). El derecho a defender los derechos: la protección a defensoras y defensores de derechos humanos en el Sistema Interamericano. Ciudad de México: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Nelson, Paul J., y Ellen Dorsey (2008). New Rights Advocacy. Changing Strategies of Development and Human Rights ngos. Washington: Georgetown University Press.
Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (2009a). La perseverancia del testimonio. Informe anual 2009. Capítulo Américas [en línea]. Disponible en
<https://www.fidh.org/es/temas/defensores-de-derechos-humanos/archives-defenseurs-es/informes-anuales/El-Observatorio-para-la-Proteccion> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (2009b). México. Misión de actualización de la misión internacional de investigación sobre la situación de los defensores de derechos humanos en México (Junio 2008) [en línea]. Disponible en <https://www.fidh.org/es/region/americas/mexico/Publicacion-del-Informe-de> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (2009). Defender los derechos humanos: entre el compromiso y el riesgo. Informe sobre la situación de las y los defensores de derechos humanos en México [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 6 de agosto de 2025).
Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (2010). Actualización 2010: informe sobre la situación de las y los defensores de derechos humanos en México [en línea].
Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (2013). Informe sobre la situación de las y los defensores de derechos humanos en México: actualización 2012 y balance 2013 [en línea].
Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (2019). Integración de la perspectiva de género en las investigaciones en derechos humanos: guía y práctica [en línea]. Disponible en <https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications/IntegratingGenderPerspective_SP.pdf> (consulta: 6 de agosto de 2025).
Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) (2023). Buenas prácticas y desafíos en la investigación de delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2010). Informe de la Sra. Margaret Sekaggya, Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos. (A/HRC/16/44) [en línea]. Disponible en <https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2011/7416.pdf> (consulta: 6 de agosto de 2025).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2013). Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 68/181. Promoción de la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos: protección de las defensoras de derechos humanos y las personas defensoras de los derechos de la mujer [en línea].
Disponible en <https://www.refworld.org/es/leg/resol/agonu/2014/es/107079> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2016). Resolución de la Asamblea General de la ONU sobre protección de las defensoras de derechos humanos y las personas defensoras de los derechos de la mujer [en línea]. Disponible en <https://lac.unwomen.org/es/digiteca/publicaciones/2016/resolucion-asambleaun-defensoras-dh-mujeres> (consulta: 6 de agosto de 2025).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2018). Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos relativo a su misión a México [en línea].
Disponible en <https://hchr.org.mx/wp/wp-content/themes/hchr/images/doc_pub/G1803797.pdf> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2019). Las mujeres defensoras de derechos humanos enfrentan una violencia cada vez más grave, advierte experto de derechos humanos de la ONU [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 20 de agosto de 2025).
Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2024). Día Internacional de las Defensoras de Derechos Humanos: su lucha es el pilar para una paz sostenible [en línea]. Disponible en <enlace> (consulta: 29 de noviembre de 2024).
Orozco Rodríguez, Lucero (2023). “Violación de los derechos humanos a los defensores y defensoras de derechos humanos en Colombia”. Revista ces Derecho 14 (3): 82-91.
Pirker, Kristina (2022). “Moverse entre lo local y lo global: activismo transfronterizo, migración y derechos humanos entre Chiapas y Guatemala”. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales 67 (246): 205-238.
Red tdt (2017). La esperanza no se agota. Situación de las personas defensoras de derechos humanos durante la presidencia de Enrique Peña Nieto [en línea].
Disponible en<https://redtdt.org.mx/acciondefensores/index.php/2017/09/05/personas-defensoras-en-el-periodo-de-epn/> (consulta: 8 de agosto de 2025).
Rivera Camacho, Sergio Manuel (2021). “Los defensores colectivos de los derechos humanos. La exigibilidad del derecho de los defensores colectivos a defender derechos humanos”. Papeles de Discusión ielat 23.
Rodríguez Gómez, Edgardo (2018). “Las defensoras y los defensores de derechos humanos como grupo de especial protección incluido en el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021”. Ius Inkarri 7 (7): 167-178.
Sauri Suárez, Gerardo (2012). “Sociología de los derechos humanos: una mirada a los derechos humanos en el marco de las globalizaciones”. En Derechos Humanos. Actualidad y Desafíos I: 65-87. Ciudad de México: Fontamara.
Sauri Suárez, Gerardo (2014). Derecho a defender derechos humanos. Ciudad de México: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.
Sinclair, Madeleine (2020). “Cuando defensoras y defensores son silenciados”. Sur. Revista Internacional de Derechos Humanos 17 (30): 103-111.
Sorj, Bernardo (2005). Sociedad Civil y relaciones Norte-Sur: ongs y dependencia. Río de Janeiro: Centro Edelstein de Pesquisas Sociais.
Tilly, Charles y Lesley J. Wood (2010). Los movimientos sociales, 1768-2008 desde sus orígenes a Facebook. Barcelona: Crítica.
Treviño Rangel, Javier (2004). “Las ong de derechos humanos y la redefinición de la soberanía del Estado mexicano”. Foro Internacional 3: 509-539.
Van Boven, Theo (1990). “The role of non-governmental organizations in international human rights standard-setting: A prerequisite of democracy”. California Western International Law Journal 20 (2): 207-225.
Vecchioli, Virginia (2011). “Profesionales del derecho, activismo jurídico y creación de nuevos derechos. Hacia una mirada comprensiva del derecho desde las ciencias sociales”. Política. Revista de Ciencia Política 49 (1): 5-18.
Vidal Melero, Jaime (2017). “El peligro de defender derechos”. Tiempo de Paz 126: 15-22.
Vogelfanger, Alan Diego (2018). “El estatus jurídico de defensores y defensoras de derechos humanos”. Revista Instituto Interamericano de Derechos Humanos 63: 267-294.
Recibido: 6 de enero de 2025
Aceptado: 25 de agosto de 2025






